Haberes militares para familias de militares extranjeros desaparecidos en circunstancias especiales

Матеріал з WikiLegalAid
Це остання версія цієї сторінки; у неї немає затверджених версій.

Original ucraniano: Грошове забезпечення сім’ям військовослужбовців-іноземців зниклих безвісти за особливих обставин. Enlace corto: https://legalaid.wiki/index.php/Legion-missing-es

Traducción asistida por IA del artículo ucraniano, pendiente de revisión lingüística y jurídica independiente. Consulte el original ucraniano y la legislación vigente antes de presentar una solicitud.

Marco normativo

Información general

La Ley de Ucrania «Sobre la protección social y jurídica de los militares y sus familiares» se aplica a los militares extranjeros y apátridas en materia de haberes militares, permisos, asistencia médica y servicios médicos (artículo 3, apartado 3).

Se mantiene el derecho al pago de los haberes militares de los militares extranjeros desaparecidos.

¿Quién puede solicitar el pago?

El militar extranjero puede redactar una disposición personal por escrito, sin un formato obligatorio, para designar a la persona o personas que recibirán sus haberes en caso de desaparición e indicar el porcentaje correspondiente a cada una.

Si no existe disposición personal, el pago se realiza de la siguiente forma:

N.º Personas con derecho al pago Parte de los haberes Distribución Condiciones
1 Cónyuge No más del 50 % en total Partes iguales entre las personas con derecho de este grupo Solo si no existe disposición personal, con las excepciones legales, especialmente para quienes reciben alimentos del militar y los padres privados de la patria potestad sin haberla recuperado. El límite del 50 % es conjunto para las filas 1-4, no un 50 % independiente para cada fila.
2 Representantes legales de los hijos menores de 18 años No más del 50 % en total Partes iguales
3 Hijos con discapacidad desde la infancia, cualquiera que sea su edad, o sus representantes legales No más del 50 % en total Partes iguales
4 Padres del militar No más del 50 % en total Partes iguales
5 Hijos mayores de edad No más del 20 % en total Partes iguales Cuando no existe disposición personal ni ninguna de las personas de las filas 1-4. El límite del 20 % es conjunto para las filas 5-6.
6 Hermanos o hermanas cuyo representante legal sea el militar No más del 20 % en total Partes iguales

Los haberes se abonan hasta:

  • el esclarecimiento completo de las circunstancias de la desaparición;
  • la liberación del cautiverio, o la declaración judicial de ausencia o de fallecimiento.

En todos los casos, el pago no puede prolongarse más allá de la fecha de baja del militar en las listas de personal de la unidad (artículo 9, apartado 6, de la Ley sobre la protección social y jurídica).

Documentación necesaria

La documentación debe presentarse en Ucrania.

Importante: Antes de solicitar el pago, hay que obtener un número de identificación fiscal ucraniano (РНОКПП) y abrir una cuenta en un banco estatal ucraniano.

Existen dos vías:

  • Un familiar viaja a Ucrania con poderes de los demás, obtiene traducciones al ucraniano certificadas notarialmente de todos los documentos, presenta la solicitud y abre la cuenta.
  • Se envía el expediente completo y un poder a un representante en Ucrania: un familiar, un abogado u otra persona de confianza que realice los trámites.

A la solicitud de pago de haberes militares se adjunta:

  • Copia del pasaporte del extranjero o documento de identidad del apátrida, permiso de residencia permanente o temporal, documento de refugiado u otro documento que acredite su estancia legal en Ucrania;
  • copia del documento de inscripción del solicitante en el Registro Estatal de Personas Físicas Contribuyentes (tarjeta fiscal);
  • copia del certificado de matrimonio, para el pago al cónyuge;
  • copia del certificado de nacimiento del hijo, para el pago a los representantes legales de hijos menores de 18 años;
  • copia de los documentos que acrediten, según corresponda:
    • el nombramiento como tutor o curador de un hijo menor del militar, o la adopción del menor;
    • el nombramiento del militar como tutor o curador de hijos mayores de edad o hermanos, o la adopción de estos;
    • el reconocimiento de discapacidad, para hijos con discapacidad desde la infancia, cualquiera que sea su edad, o sus representantes legales;
  • copia del certificado de nacimiento del militar o extracto de su inscripción de nacimiento en el Registro Estatal de Actos del Estado Civil, para el pago a sus padres;
  • copia de la sentencia que restituya la patria potestad, para padres que hubieran sido privados de ella respecto del militar;
  • copia del certificado de defunción de una persona con derecho al pago, si existe, para recalcular las cuotas;
  • nombre del banco y número de la cuenta corriente en formato IBAN para ingresar el pago a la persona designada.

Importante: Los documentos expedidos por autoridades extranjeras deben legalizarse según el procedimiento establecido, mediante apostilla o certificación de un consulado ucraniano. Los documentos en otro idioma deben acompañarse de traducción al ucraniano debidamente certificada. Si la traducción se realiza en Ucrania, un notario debe certificar su fidelidad o la firma del traductor.

La solicitud se dirige al comandante o jefe de la unidad militar, institución u organización. Puede presentarse en papel personalmente o por correo postal, o en formato electrónico, cuando sea técnicamente posible, por correo electrónico o mediante sistemas de información y comunicación.

Según el Ministerio de Defensa de Ucrania, la solicitud y los documentos también pueden presentarse en cualquier Centro Territorial de Reclutamiento y Apoyo Social (ТЦК та СП) cuya ubicación resulte conveniente.

El centro reúne los documentos en un PDF, lo firma electrónicamente y lo envía a la unidad militar mediante el sistema de gestión electrónica de documentos (СЕДО) (apartado 3 del procedimiento aprobado por la Resolución n.º 884).

La decisión de conceder o denegar el pago debe notificarse por escrito al solicitante dentro de los 15 días naturales siguientes a la presentación de la solicitud. La denegación debe indicar sus motivos.

¿Cuándo puede denegarse el pago?

El comandante o jefe de la unidad, institución u organización deniega el pago cuando:

  • solicita una persona sin derecho a percibirlo, o una persona designada que tenga o haya adquirido nacionalidad rusa o bielorrusa, resida permanentemente en esos países o haya sido condenada por alta traición, actividades colaboracionistas o ayuda al Estado agresor;
  • no se han presentado todos los documentos exigidos por el apartado 3 del procedimiento;
  • se acredita conforme al procedimiento establecido la rendición voluntaria del militar, el abandono no autorizado de la unidad, institución, organización o lugar de servicio, o la deserción (apartado 4 del procedimiento aprobado por la Resolución n.º 884, de 30 de noviembre de 2016).

Artículo relacionado: Ayuda económica única para familiares y padres de militares extranjeros fallecidos.